Auto Supremo AS/0688/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0688/2013

Fecha: 13-Nov-2013

Referente a Rigoberto Cáceres Ramírez, el error se cometió porque se repitió el ítem del

Respecto a María Nieves Tarqui Choque Vda. de López, señaló que el error se cometió al ponderar una suma equivocada en la indemnización de Bs.59.740,18.-, siendo lo correcto Bs. 58.737,37.-, en cuanto al aguinaldo se consideró la suma de Bs.2.917,12.-, siendo en realidad la suma a considerarse Bs.3.646,40.-, y en las vacaciones se vuelve a repetir la suma errónea del aguinaldo de Bs.2.917,12.- cuando en realidad el monto correcto era de Bs.13.248,58.-, lo que hace que el resultado final se reduzca de Bs.34.689,74.-, que es lo que correspondía, a una cifra inferior de Bs.24.731,81.-, existiendo una diferencia de Bs. 9.957.93.-, siendo correcto el reclamo en cuanto a la indemnización, vacación, más no así respecto al aguinaldo, que corresponde por duodécimas de 197 días, según fs. 132 de obrados.
Referente a Rigoberto Cáceres Ramírez, el error se cometió porque se repitió el ítem del aguinaldo de Bs.6.460,61.- en las vacaciones cuyo monto real es de Bs.9.906,26.-, lo que hizo que el monto de Bs. 75.266,99.- que es lo que correspondía, se reduzca a Bs.71.773,35.-, con una diferencia de Bs.3.493,64.-