Auto Supremo AS/0511/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0511/2014

Fecha: 23-Dic-2014

iii) Otra duda emerge del punto 3 en el Acta de Entendimiento pues

ii)En autos YPFB pretendió, restringir la comprensión de un Convenio Colectivo a partir de argumentos no insertos en él dónde existe una fundada duda sobre su origen y estimación, pues es claro que el Acta de Entendimiento (más allá de su denominación) es la ficha central dentro del proceso de negociación colectiva entablado entre trabajadores de YPFB, directivos de YPFB, que tuvo la intervención de personeros del, en ese entonces, gobierno central. Tal es así, que lo contenido en esa Acta, da cuenta del proceso de negociación de un ente sindical pleno y, trabajadores de YPFB a través del Secretario Ejecutivo de la Federación Sindical de Trabajadores Petroleros de Bolivia, Julio Salas D., esta representación, al no ser precisamente sectorial, sino tratándose de un ente máximo de esa empresa aglutinó a sus trabajadores, lleva a la comprensión que el espíritu de la negociación a la par posea la intención de abarcar a todos los trabajadores retirados de esa empresa a partir de la venta de activos por los procesos de privatización y capitalización; ello, claro, en la condición de haber sido retirados a partir del 14 de octubre de 1997.
iii) Otra duda emerge del punto 3 en el Acta de Entendimiento pues se reconoce de manera genérica el pago de 100 horas extra a trabajadores administrativos sin precisar o sugerir a que dependencia de YPFB se tratase, aspecto que a la par respalda que el espíritu de lo convenido no abarcaba una restricción tan incisiva como la empresa recurrente afirma, y menos se tratase de dos momentos históricos distintos, pues el estado de confrontación y conflictividad a la que hace referencia esa Acta en su encabezado no distingue proceso alguno