Auto Supremo AS/0511/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0511/2014

Fecha: 23-Dic-2014

En el ámbito constitucional el derecho a la igualdad tiene dos facetas: igualdad en la

En el ámbito constitucional el derecho a la igualdad tiene dos facetas: igualdad en la ley e igualdad ante la ley. La primera de ellas, implica -como sostiene Rubio Llorente (La igualdad en la aplicación de la ley, p. 145)- un derecho frente al legislador o, más generalmente, frente al poder del que emana la norma; la segunda, igualdad ante la ley, está referida a su aplicación igualitaria tanto en la vía judicial como administrativa; es decir que la norma debe ser aplicable, por igual, a todos los que se encuentren en la situación descrita en el supuesto de la norma y, en ese sentido implica que un mismo órgano no puede modificar arbitrariamente el sentido de sus decisiones en casos sustancialmente iguales, y que cuando el órgano en cuestión considere que debe apartarse de sus precedentes, tiene que ofrecer para ello una fundamentación suficiente y razonable