Auto Supremo AS/0511/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0511/2014

Fecha: 23-Dic-2014

Por esos motivos esta Sala no comparte la tesis actora, ni la argumentación del Tribunal

Por esos motivos esta Sala no comparte la tesis actora, ni la argumentación del Tribunal de garantías, en relación a que el Convenio es de sola y exclusiva aplicación a trabajadores de la UNSP, en menoscabo de los demandantes, habida cuenta que como el Auto Supremo Nº 33 señaló, constituiría una afrenta a los principios de igualdad y no discriminación laboral (desarrollados en el apartado II.2.1. de esta Resolución), pues:
i)Aunque a primeras vistas se avizore un Convenio Colectivo de Trabajo integrado por tres documentos, suscritos en un periodo inferior a 6 meses, no es menos cierto que el Convenio Colectivo como tal es el resultado de -valga la redundancia- una Negociación Colectiva (figura expresamente reconocida como derecho en la Constitución), que es justamente la pauta primal de la interpretación a darse para determinar su ámbito de aplicación