Auto Supremo AS/0511/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0511/2014

Fecha: 23-Dic-2014

El principio de no discriminación, se manifiesta en torno al principio de igualdad (arts

En el primer caso, que es la elevación a rango constitucional del principio protector, entre sus principales aristas exige brindar una interpretación favorable al trabajador en caso de duda insalvable sobre el sentido de una norma, sin que ello signifique, soslayar la labor hermenéutica de la misma, sino se traduce como la acreditación de que efectuada esa labor, su resultado conduzca a un plano incierto e indeterminado.
El principio de no discriminación, se manifiesta en torno al principio de igualdad (arts. 8.II, 14.II de la CPE), garantiza éste a su turno la igualdad de las personas ante la ley y la igualdad de trato de la ley, este último elemento obliga a que la conducta del Estado o de los particulares, en relación a las actividades laborales, no genere una diferenciación irrazonable y arbitraria