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    Auto Supremo AS/0036/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0036/2014

    Fecha: 17-Feb-2014

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • VISTOS: Los recursos de casación interpuestos, en forma individual por Oscar Franklin Velasco Medrano
    • Que los recursos de casación tuvieron origen en los siguientes antecedentes
    • Contra la citada Sentencia, en forma conjunta, formularon apelación restringida los imputados Ignacia Medrano viuda
    • Con el Auto de Vista referido, los recurrentes Ignacia Medrano Vda
    • I
    • Señala que lo mencionado anteriormente, fue solicitado de acuerdo al Auto Supremo Nro
    • c) Respecto a la declaración de los testigos de cargo y descargo, afirma que solicitó
    • d) “Sobre el informe de la investigación M
    • e) “También aseveran sobre el área de 2
    • f) “Sobre la aseveración de que dentro de la sentencia
    • g) Respecto al poder, cuyo mandato,
    • i) Respecto al poder, señala que se solicitó, se demuestre
    • j) No existe certeza de que el proceso civil
    • k) Señala que no existió fundamento ni prueba sobre el
    • Afirma que se cambió el objeto del juicio oral, de demostrar la complicidad a la
    • l) No valoraron los requerimientos fiscales, que estaban estrechamente ligados a la obtención de la
    • m) Respecto a la valoración de la prueba en Sentencia, se solicitó se aclare la
    • Manifiesta, que el objetivo de esta solicitud, fue obtener la aplicación del Auto Supremo Nro
    • 1
    • Asimismo, cita como “precedente aplicable” (sic), el Auto Supremo Nro
    • Transcribe un fragmento del Auto Supremo Nro
    • Citó como precedente contradictorio, el Auto Supremo Nro
    • Invocó como precedente contradictorio, el Auto Supremo Nro
    • Indica que tampoco procedieron a la revisión de oficio de los defectos formales, e ingresaron
    • Refiere con relación a las apelaciones incidentales, “1
    • Transcribe el Auto Supremo Nro
    • Por otro lado, denunció “FALTA DE FIRMA DE LOS JUECES CIUDADANOS” (sic), concretamente en fojas
    • Afirma que, hasta la fecha, no fueron notificados de ninguna forma, con los incidentes
    • Por todo lo expuesto, solicita, se admita el presente recurso de casación, interpuesto contra del
    • Manifiesta que el Auto de fecha 13 de febrero de 2013, respuesta del Tribunal
    • Si bien, la Sala Penal Primera del Tribunal de Justicia de Cochabamba, declaró improcedentes los
    • Manifiesta que, como consecuencia de la defectuosa notificación con el Auto de 13 de febrero
    • Cita y transcribe la doctrina legal del Auto Supremo Nro
    • Finalmente señala, que existió omisión en la valoración de la prueba, pues, afirma, que fueron
    • Con relación a las apelaciones incidentales, señala que hasta la fecha, no fue notificado, tampoco
    • II
    • 2
    • Señala por otro lado, que el Auto de Vista impugnado, debe ser dejado sin efecto
    • en forma expresa, clara, legítima y lógica, de
    • b) “FALTA DE FIRMA Y FECHA DE LAS RESOLUCIONES
    • año 2009
    • d) “FALTA DE INTÉRPRETE DE IGNACIA MEDRANO VDA
    • e) “INCIDENTES DE NULIDAD: ABANDONO DE
    • f) “REVOCATORIA DE LA REBELDÍA” (Sic)
    • Citan como precedente contradictorio el Auto Supremo Nro
    • Así mismo, citan como precedente contradictorio y transcriben de manera íntegra, el Auto Supremo Nro
    • Indican que no fueron resueltos de acuerdo a lo solicitado ni fundamentados, cada uno de
    • Respecto a las apelaciones incidentales, manifiestan que a la fecha no fueron notificados, tampoco fue
    • En base a todo lo expuesto, solicitan se admita el presente recurso de casación y
    • Que para la admisibilidad del recurso de casación, se debe cumplir con las condiciones formales
    • Por otra parte se tiene que de forma extraordinaria y sólo ante las denuncias referidas
    • Que los recursos de casación fueron interpuestos contra el Auto de Vista de 1 de
    • De forma previa es importante subrayar que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo
    • Es preciso también, hacer referencia a que la carga procesal mínima impuesta al recurrente, en
    • Con esas consideraciones previas y el análisis de los recursos formulados, se tiene
    • Al respecto el imputado, realiza una copia de la doctrina legal aplicable de los Autos
    • Por otro lado, en este mismo punto de denuncia, el recurrente hace mención a la
    • Asimismo, de la revisión del recurso casación se evidencia que el recurrente cita los Autos
    • En la exposición de los puntos de denuncia, que dicen, no fueron considerados por el
    • De igual forma, sobre la denuncia principal contra el Auto de Vista que se impugna,
    • Igualmente, respecto a la denuncia de que la prueba ofrecida en audiencia de fundamentación oral
    • Asimismo, este reclamo fue efectuado como defecto absoluto, de acuerdo a lo establecido en el
    • Ministerio Público y el acusador particular Carlos García Córdova contra los recurrentes, por la presunta
    • Por Secretaría de Sala, remítase copias legalizadas de la Sentencia, el Auto de Vista y
    • Regístrese y notifíquese
    • ANTE MÍ. Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano

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