Auto Supremo AS/0036/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0036/2014

Fecha: 17-Feb-2014

Asimismo, de la revisión del recurso casación se evidencia que el recurrente cita los Autos

Asimismo, de la revisión del recurso casación se evidencia que el recurrente cita los Autos Supremos Nros. 302 de 25 de agosto de 2006, 319 de 24 de agosto de 2006, 435 de 11 de octubre de 2006, 351 de 28 de agosto de 2006 y 100 de 24 de marzo de 2011, los cuales fueron mencionados en alzada para respaldar sus alegatos, pues solo realiza la transcripción de un fragmento de sus fundamentos, por cuanto no pueden ser considerados a efectos de contrastación pues incumplen con el requisito de admisibilidad consistente en señalar en términos precisos la contradicción entre el Auto de Vista impugnado y los Autos Supremos invocados, olvidando además establecer si la situación fáctica o de hecho es similar, pues no es suficiente referir el precedente contradictorio, sino que de manera fundamentada y motivada se debe contrastar el Auto de Vista que se impugna con los Autos de Vista o Autos Supremos que se invoca, indicando y reflejando de qué modo se presenta la contradicción que se alude; por lo que, se evidencia que el recurrente no ha cumplido los requisitos de admisibilidad del recurso, previstos por los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal