Auto Supremo AS/0036/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0036/2014

Fecha: 17-Feb-2014

Por otro lado, en este mismo punto de denuncia, el recurrente hace mención a la

Por otro lado, en este mismo punto de denuncia, el recurrente hace mención a la Sentencia Constitucional Nro. 1111/2004-R de 14 de julio, que solo puede ser considerado como respaldo a sus pretensiones y no como precedente contradictorio, pues al respecto, es preciso destacar que la citada Sentencia no constituye precedente contradictorio, conforme se deduce de lo establecido en el artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, por cuanto los precedentes contradictorios son aquellos emanados por las Cortes Superiores de Justicia ahora Tribunales Departamentales de Justicia y la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ahora Tribunal Supremo de Justicia