Auto Supremo AS/0396/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0396/2014

Fecha: 18-Ago-2014

El recurrente acusó que el Tribunal de alzada desconoció la existencia de los defectos absolutos


El recurrente acusó que el Tribunal de alzada desconoció la existencia de los defectos absolutos en la Sentencia, descritos en los incs. 1), 2), 3), 4), 5), 6), 8), 9) y 11) del art. 370 del CPP, los que en su planteamiento no fueron advertidos por el Tribunal de alzada porque fue condenado por la comisión de un delito diferente al acusado, existiendo contradicción entre la parte considerativa y resolutiva de la Sentencia; que no se consideró que en el momento de su detención no fue encontrado con alguna sustancia controlada y que no se valoró toda la fundamentación de la apelación restringida; además, que el Tribunal de apelación no consideró que la fundamentación debe ser separada por parte de cada miembro del Tribunal de Sentencia y para cada una de las cuestiones planteadas; que la Sentencia no tiene fecha, y que no existe congruencia en la sentencia y acusación