Auto Supremo AS/0010/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0010/2015

Fecha: 13-Ene-2015

e) Que por memorial de fs

e) Que por memorial de fs. 159, el demandado Víctor Mamani Maquera interpone excepción previa de Litis pendencia, habiendo merecido la resolución Nº 49/2012 por el que se declara improbada la excepción previa, por lo que mediante memorial de fs. 205 de obrados el referido demandado interpone recurso de reposición bajo alternativa de apelación al amparo de lo previsto por los arts. 215, 216, 217 del Código de Procedimiento Civil, a cuyo efecto el Juez emite el Auto de fs. 209, por el cual en previsión del art. 24 num. 1) de la Ley 1760, se reserva la fundamentación de la misma ante una eventual apelación de la Sentencia. Sin embargo acusa que las normas aplicadas por el Juez de la causa al dictar el Auto de fs. 209, no son de aplicación al recurso de reposición bajo alternativa de apelación, por ser una institución jurídica que no es aplicable al recurso de apelación en el efecto diferido, como lo interpreto el Juez de la causa; acto jurídico que evidencia que el Juez de la causa ha contravenido a lo dispuesto por ley, sin pronunciarse sobre la pretensión deducida, que conlleva la anulación de oficio conforme a lo previsto por los arts. 90, 251, 252, 254 num. 1), 4) y 7) del Código de Procedimiento Civil