Auto Supremo AS/0307/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0307/2015-RRC-L

Fecha: 06-Jul-2015

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9.- Que, con referencia a la falta de rendición de cuentas del manejo económico y la administración sobre los bines y valores del municipio de Huanuni, así como la entrega de y presentación de informes a la Dirección General de contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda es decir de los estados financieros a la entidad pertinente de la gestión de ambos Alcaldes de Huanuni es decir de Gladys Alcalá y Florentino Gomez ahora acusados, se tiene que aquello corresponde al ilícito de incumplimiento de deberes previsto y sancionado por e art. 154 del Código Penal, delito que mediante auto interlocutorio No. 51/2008 de 24 de noviembre de 2008, se declaró procedente a extinción de la acción por prescripción, consiguientemente, no corresponde referirse a ese hecho fáctico en la presente sentencia