Auto Supremo AS/0119/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0119/2016

Fecha: 07-Abr-2016

Por último, en relación al punto siete del segundo considerando del auto de vista, se

Por último, en relación al punto siete del segundo considerando del auto de vista, se habría atendido la apelación de la parte demandante al reconocer el pago del aguinaldo doble, en franca vulneración del art. 123 de la CPE que establece la prohibición de la aplicación retroactiva de la ley, teniendo en cuenta que la demandante aduce aspectos relativos al año 2007, sin que exista una disposición laboral que establezca la aplicación retroactiva de las leyes del aguinaldo