Auto Supremo AS/0119/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0119/2016

Fecha: 07-Abr-2016

Que, en definitiva al no ser evidentes las acusaciones alegadas por los recurrentes, corresponde resolver

Que, en definitiva al no ser evidentes las acusaciones alegadas por los recurrentes, corresponde resolver en virtud a lo establecido por los arts. 271. 2 y 273 ambos del CPC, aplicables por disposición de la norma remisiva contenida en el artículo 252 del CPT