Auto Supremo AS/0313/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0313/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

4) Se denunció la incongruencia entre la Sentencia y la acusación, defecto previsto en el


4) Se denunció la incongruencia entre la Sentencia y la acusación, defecto previsto en el inc. 11) del art. 370 del CPP, refiriendo que en la acusación se dijo que respecto del equipo topográfico, cuya restitución se le exige su devolución le fue alquilado; sin embargo, en la Sentencia se señaló que el mismo fue prestado, al respecto el Auto de Vista sin considerar lo previsto en el Auto Supremo 268 de 27 de abril de 2009, no consideró que no puede ser condenado por hechos no contemplados en la acusación y de manera contraria se le respondió señalando que el termino de alquiler o préstamo es irrelevante argumento, que a decir del recurrente resulta incorrecto; además, al igual que en los otros motivos no sería válido que el Tribunal de alzada le habría señalado que dicha observación debió efectuarla en juicio, cuando el defecto emergió recién de la emisión de la Sentencia