Auto Supremo AS/0313/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0313/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

Asimismo, corresponde puntualizar que "La ratio essendi delicti del abuso de confianza", es la tenencia


Asimismo, corresponde puntualizar que "La ratio essendi delicti del abuso de confianza", es la tenencia que implica devolver o entregar una cosa mueble o valor ajeno que uno posee legítimamente y no actuar cumpliendo esta obligación. Este delito se consuma en el momento en que se niega la devolución de lo que se posee legítimamente pero de lo que uno no es propietario, y, primordialmente, la existencia de la violación de la confianza causando daño o perjuicio en los bienes de otra persona, daño patrimonial que resulta de dos modalidades de este tipo de conducta antijurídica: a) quien valiéndose de la confianza dispensada recibe, a título de posesión, un bien, lo daña o causa un perjuicio, y, b) el que retiene como dueño lo que simplemente recibe en posesión, en cuyo caso debe relievarse el hecho de que dicha posesión es legítima. Finalmente, ya que la relación jurídica impone a las partes a confiar mutuamente en el cumplimiento de la obligación pactada, se establece que el ilícito de abuso de confianza, por su naturaleza, es siempre doloso y es un delito de resultado cuya consecuencia puede ser, indistintamente, causar daño o perjuicio en los bienes o retener, como dueño, lo que se hubiere recibido a título posesorio”