Auto Supremo AS/0360/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0360/2016

Fecha: 19-Abr-2016

En el Punto II del recurso, el recurrente realiza simplemente una relación de antecedentes de

Con relación al planteamiento simultáneo de las acciones de anulabilidad y reivindicación, debemos indicar que esta última en el caso específico resulta ser una pretensión accesoria porque depende de la primera toda vez que los inmuebles que fueron objeto de expropiación se encuentran registrados en Derechos Reales fraccionados en lotes a nombre del Gobierno Municipal de El Alto conforme dan cuenta las documentales de fs. 547 a 552 y mientras no se logre que la autoridad judicial disponga la anulabilidad de las transferencias y la cancelación de los registros, la acción reivindicatoria se encuentra limitada en su tratamiento, requiriéndose en todo caso de parte de la persona que pretende valerse de esta acción, al momento de la interposición de su demanda acredite su derecho propietario del bien que pretende reivindicar conforme lo establece el art. 1453 del Código Civil; en el caso presente y como se tiene indicado, la jurisdicción ordinaria civil no tiene competencia para conocer la acción principal de anulabilidad de las transferencias en razón de la materia, aspecto que tiene su incidencia en la pretensión accesoria de reivindicación.
En el Punto II del recurso, el recurrente realiza simplemente una relación de antecedentes de los hechos ocurridos antes de la suscripción de las Escrituras Públicas que pretende la nulidad, consiguientemente en este punto no existe agravio que pueda ser rescatado para su consideración