Auto Supremo AS/0360/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0360/2016

Fecha: 19-Abr-2016

Mientras que las formas jurídicas constituyen los modos que el legislador adopta y adapta para

III.- DE LA DOCTRINA APLICABLE AL CASO:
Tomando en cuenta que el argumento central del recurrente se encuentra en sentido de indicar que las escrituras de transferencias de bienes emergentes de proceso de expropiación no serían actos administrativos enmarcados dentro del Derecho Administrativo, sino más bien contratos regidos por el Código Civil; se expone a continuación la doctrina relevante respecto al acto administrativo.
Roberto Dromi en su Obra “Derecho Administrativo”, 11ª Edición, Editorial Ciudad Argentina–Hispania Libros 2006, indica que el régimen jurídico de la función administrativa en general comprende dos aspectos: a) las formas jurídicas y b) las relaciones jurídicas; estas últimas conciernen a la operatividad de la función administrativa en cuanto a la regulación, organización, integración, prestación, limitación, intervención, fiscalización y protección jurídico-administrativas.
Mientras que las formas jurídicas constituyen los modos que el legislador adopta y adapta para la exteriorización jurídica o materialización de la voluntad de la función administrativa; dentro de esta categoría distingue cinco fórmulas jurídicas, siendo estas; el acto, el hecho, la actuación interadministrativa, el reglamento y el contrato administrativo; todas estas emanan de un ente público en el ejercicio de una función administrativa