Auto Supremo AS/0360/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0360/2016

Fecha: 19-Abr-2016

Sin embargo será necesario precisar en cuanto a la remisión que se dispuso de la

Sin embargo será necesario precisar en cuanto a la remisión que se dispuso de la causa por ambas instancias, toda vez que el Juez Ad quo dispuso la remisión ante la “Jurisdicción Administrativa Contenciosa” sin especificar cuál sería la autoridad o instancia llamada por ley, en tanto que el Tribunal de Alzada indicó que correspondería su tratamiento ante el Tribunal Supremo de Justicia; si bien esas decisiones podían en cierta medida considerarse válidas en aquel tiempo, empero en la actualidad se encuentra vigente la Ley Nº 620 de 29 de diciembre de 2014 que crea en la estructura del Tribunal Supremo de Justicia y en los Tribunales Departamentales de Justicia, las Salas en Materia Contenciosa y Contenciosa Administrativa estableciendo sus atribuciones de manera específica conforme se encuentran descritas en los arts. 2 y 3 de dicha Ley; consiguientemente, son los indicados Tribunales y en esas instancias a quien la Ley atribuye competencia para ejercer la jurisdicción contenciosa y contenciosa-administrativa y conocer las causas a que se refieren los arts. 775 y 778 del Código de Procedimiento Civil, en tanto la misma no sea regulada por Ley especial