Auto Supremo AS/0652/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0652/2016

Fecha: 15-Jun-2016

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9.- Señala que no requieren pruebas los hechos admitidos por la parte adversa, por lo tanto aplicable el principio de verdad material prevista en el art. 134 del nuevo Código de Procedimiento Civil y 180.II de la Constitución Política del Estado