Auto Supremo AS/0652/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0652/2016

Fecha: 15-Jun-2016

De dichas declaraciones se infiere que ambos padres son considerados buenas personas, con mucho amor

De dichas declaraciones se infiere que ambos padres son considerados buenas personas, con mucho amor para dar a su primogénito, no habiéndose referido ninguno de los testigos de manera negativa hacia los mismos, lo que implica que ambos cumplen a cabalidad sus roles como padres, hecho que daría estabilidad emocional al menor durante su formación; sin embargo este aspecto no es aceptado por la parte actora; quien no ha desvirtuado con prueba fehaciente que el demandado padre de su hijo requiera ayuda profesional previa a visitarlo, tampoco se ha probado que este ponga en riesgo la integridad psicológica de su pequeño hijo, por lo que correctamente le fue asignado días de visita conforme a ley, máxime si es un derecho que tiene el menor a mantener contacto con su padre conforme se tiene señalado supra. No siendo evidente lo acusado en el presente punto