Auto Supremo AS/0659/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0659/2016

Fecha: 15-Jun-2016

Con relación a las construcciones que hubiesen realizado en el inmueble objeto de la litis,

Con relación a las construcciones que hubiesen realizado en el inmueble objeto de la litis, y que las mismas demostrarían una absoluta posesión sobre el inmueble; sobre el particular corresponde señalar que al haber confesado el recurrente Mario Orellana que ingresó a ocupar el inmueble a insistencia de German Armella, constituyéndose así su ocupación como un acto de tolerancia, las construcciones a las cuales se refiere sobre las que no existe prueba idónea sobre su data exacta, se entiende que si las mismas fueron realizadas entre los años 1986 a 1998, se constituyen también en actos de tolerancia y no así en actos que denotan posesión, pues si su condición es de tolerados los actos que estos realicen también implican el ejercicio de dicha condición