Auto Supremo AS/0659/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0659/2016

Fecha: 15-Jun-2016

Que, el Tribunal A quo no interpretó la normativa ni la aplicó a los hechos

Que, existe una mala interpretación acerca de la acción reivindicatoria, puesto que esa acción implica que el propietario haya sido desposeído sin su voluntad y tiende a que éste recupere la posesión de la cosa mediante la desposesión del demandado ordenada por el Juez; y que en la especie nunca existió tal despojo provocado por los demandantes, más al contrario su posesión se dio mediante la adquisición del bien, sin que Germán Alberto Armella ni su hijo Arnaldo Alberto Armella de la Vega pusieren oposición alguna a la posesión del inmueble en litigio, la cual es menor a la registrada a favor de Alberto Armella de la Vega, que es de 394,12 m².
Que, el Tribunal A quo no interpretó la normativa ni la aplicó a los hechos expuestos ni probados en el proceso de usucapión, puesto que no sólo de debe considerar el derecho propietario que le asiste a Arnaldo Armella de la Vega, sino también se debe observar el requisito referido al despojo; por cuanto el juzgador de primera instancia valoró y aplicó correctamente la ley a los hechos