Auto Supremo AS/0748/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0748/2016

Fecha: 28-Jun-2016

Habiendo quedado establecido que tanto Mirtha Moreno Sánchez en su calidad de vendedora, como Deysi


Habiendo quedado establecido que tanto Mirtha Moreno Sánchez en su calidad de vendedora, como Deysi Pinto Chávez inequívocamente han contratado sobre la transferencia de los derechos y acciones que corresponden a la vendedora en el inmueble ubicado en la Avenida el Maderero (parque industrial zona de las barracas y aserraderos) de la ciudad de Riberalta Provincia Vaca Diez del Departamento del Beni, acciones que forman parte del lote de terreno de 40.000 ms.2 (4 Manzanos) que pertenecen en copropiedad en partes iguales a todos los hijos del de cujus Oscar Miyashiro Telleria y que se encuentra en estado de indivisión, por lo que en previsión del art. 519 del sustantivo civil, corresponde disponer la nulidad parcial del documento de transferencia, dejando nula y sin efecto la transferencia realizada por la coheredera sobre el 100 % del inmueble, invalidando la misma en cuanto a los derechos y acciones que corresponden a los actores por ser ellos los únicos coherederos que demandaron la invalidez del contrato de venta, quienes sin embargo, no pueden alegar o buscar la protección del derecho subjetivo que corresponde a otros co-herederos, consiguientemente se mantiene la validez de la transferencia respecto a las otras cuotas partes, en tanto sus titulares no accionen la nulidad de la transferencia