Auto Supremo AS/0748/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0748/2016

Fecha: 28-Jun-2016

III.5.- Respecto a la nulidad parcial


III.5.- Respecto a la nulidad parcial:

El Auto Supremo Nº 735/2014 de 09 de diciembre ha razonado que: “…En ese sentido los hechos expuestos en la demanda por los ahora recurrentes se tiene que el bien inmueble objeto de la Litis se constituye en un bien sucesorio y que en esa calidad la vendedora Mirtha Moreno Sánchez teniendo pleno conocimiento de la orden judicial de prohibición de venta y sin ser dueña del bien inmueble objeto de litigio había dispuesto la totalidad del mismo en favor de Deysi Pinto Chávez, por lo que en esa relación fáctica la parte actora demandó la nulidad del contrato de fecha 14 de agosto de 2012 extremos estos que se enmarcan en la causal 1) del art. 549 del Código Civil