Auto Supremo AS/0632/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0632/2016-RRC

Fecha: 23-Ago-2016

a) Denuncia inobservancia o errónea aplicación de la Ley (art


El acusado formuló recurso de apelación restringida, planteando en síntesis entre sus agravios, los siguientes aspectos:

a) Denuncia inobservancia o errónea aplicación de la Ley (art. 370 inc. 1 del CPP), indicando que se habrían vulnerado garantías y derechos a la seguridad jurídica, legalidad, igualdad y legítima defensa, además de los derechos al debido proceso y presunción de inocencia; para fundamentar este agravio, el recurrente inicialmente realiza una relación de los antecedentes consistentes en las querellas presentadas en su contra, la conversión de acción y los fundamentos de la Sentencia que dan por probada la comisión del delito de Uso de Instrumento Falsificado, cuestionando que no se realizó el análisis para determinar si el instrumento supuestamente adulterado es de carácter público o de orden privado, a los efectos de la calificación del hecho y de la graduación de la pena, requisito que a su criterio debe ser analizado previamente, conforme lo habrían establecido los Autos Supremos 150 de 7 de abril de 1997 y 679 de 17 de diciembre de 2010, que señalan que la Minuta a la que por acuerdo de partes se le otorga la calidad de escritura privada y que es reconocido en sus firmas, ostenta la naturaleza de documento privado, porque no reúne los requisitos señalados en el art. 1287 del Código Civil (CC), razón por la cual consideró que el Juez de Sentencia, al calificar el tipo penal, inobservó la norma y aplicó erróneamente la ley sustantiva y fijó erróneamente la pena; al respecto, solicitó que el Tribunal de alzada proceda a reparar el defecto y lo declare absuelto de pena y culpa