Auto Supremo AS/0919/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0919/2016

Fecha: 03-Ago-2016

Refiere estándares aplicables al otorgamiento de medidas cautelares en el ordenamiento interno, con énfasis del

Refiere estándares aplicables al otorgamiento de medidas cautelares en el ordenamiento interno, con énfasis del derecho a la propiedad, arguyendo que en el caso Chaparro Álvarez y Lupo Íñiguez vs. Ecuador, se indicó que la medidas reales están sometidas a los requisitos que cobijan las medidas cautelares personales y transcribe los párrafos 186, 188 y 189 del referido caso, manifestando que la adopción de las medidas cautelares reales debe justificarse previamente en la inexistencia de otro tipo de medidas menos restrictivas del derecho a la propiedad, y si bien las medidas cautelares reales pueden imponer restricciones al derecho a la propiedad, para ser válidas deben contar con la debida justificación y análisis; asimismo señala que se efectúe un análisis de las medidas cautelares teniendo que justificarse si estas son adecuadas para los fines que persiguen y cita el párrafo 197 del Caso Chaparro Álvarez