Auto Supremo AS/0802/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0802/2017-RRC

Fecha: 20-Oct-2017

d)Que el apelante se ampara en lo establecido por el art


d)Que el apelante se ampara en lo establecido por el art. 370 incs. 1) y 6) del CPP; sin embargo, se ha demostrado ampliamente en el juicio oral con relación de los hechos probados que la fundamentación de derecho que contempla la sentencia hace una relación fáctica de los fundamentos y hechos que toma en cuenta para la dictación de la sentencia condenatoria por el delito de Conducción Peligrosa de vehículo, siendo evidente que se han observado correctamente las reglas previstas para la deliberación y redacción de la sentencia; es así que el Tribunal inferior en la misma redacción del fallo ha mencionado en el acta de audiencia de juicio oral que ha llegado a la conclusión de que el acusado el culpable del peligro causado con su motorizado tal como lo exige el art. 359 del CPP; asimismo, evidenció que el Tribunal inferior valoró las pruebas de cargo y descargo asignándoles el valor correspondiente a cada uno de los elementos probatorios, aplicando para el efecto las reglas de la sana crítica, además ha justificado y fundamentado las razones por las cuales ha generado la convicción y certeza en el Tribunal sobre la responsabilidad penal del acusado en los hechos delictivos en juzgamiento; es decir, ha tomado en cuenta el informe técnico del asignado al caso, la prueba pericial o test de alcoholemia, que le hacen llegar a la conclusión y generar convicción de la culpabilidad del acusado y que se ha llegado a verificar que hubo peligro contra personas y objetos debido al estado de ebriedad en que se encontraba al momento de conducir su vehículo o incumplimiento de normas de tránsito