Auto Supremo AS/0802/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0802/2017-RRC

Fecha: 20-Oct-2017

fundamentada a todos los motivos de apelación restringida conforme exigen los arts


Sobre la temática planteada el recurrente invocó los Autos Supremos 411 de 20 de octubre de 2006 y 6 de 26 de enero de 2007; revisados los mismos contienen la misma doctrina legal aplicable; en consecuencia, a los fines de evitar reiteraciones innecesarias se extraerá los fundamentos de solo uno de ellos; es así, que el Auto Supremo 411 de 20 de octubre de 2006 fue dictado por la Sala Penal Segunda de la extinta Corte Suprema de Justicia, en la resolución de un recurso de casación en una causa seguida por los delitos de Malversación y Peculado, donde constató que el Auto de Vista recurrido no se pronunció de manera


fundamentada a todos los motivos de apelación restringida conforme exigen los arts. 124 y 398 del CPP, implicando violación al debido proceso y al derecho a la defensa del recurrente; aspecto por el que fue dejado sin efecto sentándose la siguiente doctrina legal aplicable: “Al no haberse pronunciado el tribunal a quo sobre todos los motivos en los que se fundaron el recurso de apelación restringida deducido por el procesado, sin que del conjunto del Auto de Vista pueda inferirse una respuesta fáctica a los mismos, hace evidente un vicio de incongruencia omisiva (citra petita o ex silentio), y en consecuencia la infracción del principio tantum devolutum quantum apellatum, y al deber de fundamentación