Auto Supremo AS/0802/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0802/2017-RRC

Fecha: 20-Oct-2017

En cuanto al defecto del art


En cuanto al defecto del art. 370 inc. 5) del CPP; concluyó que la sentencia cumplió con lo normado por los arts. 124 y 360 inc. 1), 2) y 3) del CPP; puesto que, contenía los motivos de hecho y derecho en que basó sus decisiones y el valor otorgado a los medios de prueba, que contenía una relación del hecho histórico que estimó acreditado, sobre el cual se emitió el juicio que es lo que se conoce como fundamentación fáctica; desestimando la denuncia; por cuanto, el Tribunal de mérito había dado razones jurídicas del por qué condenó al imputado a cumplir la pena de un año de reclusión por el delito de Conducción Peligrosa de Vehículos, previsto y sancionado por el art. 210 del CP haciendo referencia al estado de embriaguez en que se encontraba el momento del hecho