Auto Supremo AS/0294/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0294/2017-RRC

Fecha: 20-Abr-2017

Dicho ello, corresponde a continuación analizar si el Auto de Vista incurrió en una arbitraria


Dicho ello, corresponde a continuación analizar si el Auto de Vista incurrió en una arbitraria fundamentación, tal como denuncia el recurrente, o si al contrario cumplió con los cánones establecidos por la jurisprudencia legal emanada por este Tribunal Supremo de Justicia, estableciéndose que Tribunal de alzada no incurrió en una insuficiente fundamentación; puesto que, respecto a la primera sub reclamación del motivo ahora analizado, otorgó una respuesta razonablemente motivada al apelante, mostrando en qué parte de la Sentencia de mérito se estableció la determinación circunstanciada del hecho delictivo atribuido a su persona, como sería en la Conclusión Cuarta de dicho fallo, donde se identificaría “…el hecho atribuido y establecido como comprobado al impugnante, con indicación de lugar y fecha; y, que no es otro que el apelante, conjuntamente con otros coimputados, César Wilson Rodríguez y Norma Flores, el 5 de noviembre de 2011, dieron fe y firmaron el formulario de ingreso de los plantines de vid a los Almacenes –se entiende de la Gobernación de Chuquisaca, ubicados en el pasaje Gandarillas S/N, Zona la Madona, en el detalle y cantidad que refiere la Sentencia apelada; y que de igual manera, existe otro documento, también de fecha 5 de noviembre de 2011, suscrito a hrs. 16:00, por los otros imputados en la ciudad de Camargo, en instalaciones del CETA de San Roque, y que esos serían los documentos fraguados…” (sic)