Auto Supremo AS/0321/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0321/2017-RRC

Fecha: 03-May-2017

Los fundamentos extractados del Auto de Vista impugnado, constituyen la respuesta al motivo estipulado en


Los fundamentos extractados del Auto de Vista impugnado, constituyen la respuesta al motivo estipulado en el recurso de apelación del recurrente, que ante la observación de carencia de valoración individual a la prueba testifical, el Tribunal de alzada replicó que dicho valor probatorio existe y se encuentra inmerso en la valoración probatoria intelectiva conjunta realizada por el juzgador aunque de manera desordenada, pero que expresa logicidad y comprende el justificativo para otorgarles credibilidad; desmereciendo de esta forma, el motivo alegado por el recurrente en esos términos y demás fundamentos que rodean esta determinación, de donde se evidencia la existencia de respuesta puntual al agravio expresado por el recurrente, quien incriminó inclusive “…QUE NI SIQUIERA CONSTA LA TRANSCRIPCIÓN DE SUS DECLARACIONES (…) COMO PUEDE VALORARSE UNA DECLARACION QUE NI SIQUIERA SE HA CONSIDERADO Y CONSTA ASI ESCRITO EN SENTENCIA??” (sic), aspecto que no es evidente, pues de la revisión de la Sentencia en el acápite IV.- FUNDAMENTACIÓN PROBATORIA Y CONCLUSIONES, A.- Prueba Testifical.- se encuentran consignadas las declaraciones de los testigos que menciona, correspondiente a Lucinda Mejías Gutiérrez de Irala, Senobio Irala Cáceres y Goya Mejías Gutiérrez de Ortíz, que obviamente constituye la fuente que proporciona los antecedentes para asumir conclusiones probatorias, como efectivamente realizó el juzgador A quo y acertadamente fundamentada por el Tribunal de alzada. Asimismo, similar situación se advierte en cuanto a la prueba documental, centrándose en la documental MP-PD 6, consistente en el dictamen pericial psicológico, resaltando en la labor probatoria las conclusiones asumidas que acreditan las agresiones sexuales sufridas por la víctima, como efectivamente describe la sentencia en la parte CONCLUSIONES