Auto Supremo AS/0131/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0131/2018-RRC

Fecha: 15-Mar-2018

Continuando con el análisis, se tiene que en cuanto a la aducida falta de consideración


Continuando con el análisis, se tiene que en cuanto a la aducida falta de consideración del Auto Supremo 017/2014-RRC, respecto a su denuncia de aplicación retroactiva de la ley penal, aludiendo a la Ley 004, este Tribunal mediante la citada resolución aclaró que; no obstante, haber afirmado el Tribunal de Sentencia, ratificado por el Tribunal de alzada, de manera errada que correspondía la aplicación retroactiva de la referida ley, afirmando que su aplicación al caso concreto “importaba una agravación en la sanción”, concluyó que: “…en los hechos, se limitó a imponer al imputado la pena de cinco años de presidio, que es la máxima sanción que correspondía aplicar al tipo penal de Contratos Lesivos al Estado (…) antes de su modificación por la Ley 004 que penalizó (…) la conducta con una sanción mínima de cinco años y una máxima de diez años de privación de libertad, debiendo además considerarse que el imputado (…) no sólo fue declarado autor y culpable de la comisión del citado delito, sino también, por el tipo penal de Incumplimiento de Deberes (…) razón por la que consideró el Tribunal de Sentencia que correspondía aplicar la previsión contenida en el art. 45 del CP (…) lo que supone (…) que no hubo una efectiva aplicación de la Ley 004 en la fijación de la pena…” (sic); en cuyo mérito, este Tribunal culminó que el agravio denunciado referido a la aplicación retroactiva de la Ley 004, resultó inexistente, por lo que lo declaró infundado