Auto Supremo AS/0811/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0811/2018-RRC

Fecha: 10-Sep-2018

En este motivo, el Auto de Vista impugnado mencionando la apelación restringida interpuesta por los


A su turno, el Auto Supremo 50/2013 de 1 de marzo, pronunciado dentro del proceso penal seguido por la presunta comisión del delito de Secuestro, previsto y sancionado por el art. 334 del CP, en el que el recurrente denunció falta de fundamentación y errónea imposición de la pena por parte del Tribunal de alzada; sin embargo, el precedente invocado no contiene doctrina legal aplicable al haber sido declarado infundado el recurso de casación interpuesto dentro de la referida causa, imposibilitándose a este Alto Tribunal de Justicia la labor de contraste.

En este motivo, el Auto de Vista impugnado mencionando la apelación restringida interpuesta por los querellantes, señaló que la prueba 27 referida al Acta de Ingreso e Inventario de Bienes, en la que constaría la destrucción de cadenas y la apertura de la puerta metálica del bien inmueble, y respecto de la cual la Sentencia apelada concluyó que para dicho acto la acusada ya ostentaba la declaratoria de herederos, así como las Resoluciones del Interdicto de adquirir la posesión, correspondía establecer si estas últimas facultaban a la acusada a realizar tales actos, conforme dispone el art. 514 del Código de Procedimiento Civil abrogado, al no haber obrado conforme al mencionado criterio, el Tribunal de apelación consideró que la Jueza de instancia no analizó la prueba cuestionada, incurriendo en incongruencia omisiva valorativa de los medios de prueba cuestionados