Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0811/2018-RRC
Fecha: 10-Sep-2018
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial presentado el 24 de noviembre de 2017, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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Por Sentencia 010/2014 de 9 de junio (fs
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Contra la mencionada Sentencia y la Resolución de 18 de julio de 2014, la imputada
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I.1.1. Motivos del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 268/2018-RA de 27 de abril,
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La recurrente denuncia falta de fundamentación y motivación del Auto de Vista impugnado; puesto que,
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Como precedentes contradictorios, invoca los Autos Supremos 050/2013-RRC de 1 de marzo y 267/2017-RRC de
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Previo a citar como precedentes contradictorios los Autos Supremos 316/2009 de 19 de marzo, 257/2011
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Haciendo alusión a la prueba 27, correspondiente al acta de ingreso e inventario de bienes,
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Finalmente, a tiempo de invocar como precedentes contradictorios los Autos Supremos 309/2012 de 29 de
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I.1.2. Petitorio
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La imputada Ludy Norma Barahona Michel de Duran, solicita se deje sin efecto el Auto
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I.2. Admisión del recurso
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente
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Por Sentencia 010/2014 de 9 de junio, la Jueza Quinto de Sentencia Penal del Tribunal
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Dejando en claro que se salva el derecho de la parte querellante para hacer valer
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II.2. De la apelación restringida
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Ludy Norma Barahona Michel de Durán, interpuso recurso de apelación restringida, alegando: i) La Jueza de Sentencia,
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II.3. Del Auto de Vista 03/2015 de 16 de enero
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La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, resolvió los recursos
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Con relación a la apelación restringida formulada por Karlo Edwin Brito Pozo, en representación legal de
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Al haber incurrido el A quo en los defectos previstos por el art
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II.4. Del Auto Supremo 570/2015-RRC de 4 de septiembre
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El Auto Supremo 570/2015-RRC de 4 de septiembre –fs
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Respecto a la revalorización que hubiere realizado el Tribunal de alzada, al resolver el recurso
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II.5. Del Auto de Vista 75/2016 de 3 de junio
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En cumplimiento de lo ordenado por el Tribunal de casación, el Auto de Vista 75/2016
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Respecto a que se habría dictado sentencia absolutoria y el objeto del litigio es un
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En relación a la apelación restringida interpuesta por la parte acusada, señala que la Sentencia
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En cuanto a que se habría suministrado posesión en la parte externa del bien inmueble,
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Respecto a la falta de valoración de la prueba de descargo Nº 27, que consistiría
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Finalmente en relación al delito de despojo, concluye que no se puede limitar a que
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El Tribunal de alzada concluye que existen errores y omisiones a momento de dictar sentencia,
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II.5. Del Auto Supremo 267/2017-RRC de 17 de abril
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Al efecto, cuando el Tribunal de alzada emitió el Auto de Vista anulado, concluyó que
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Respecto a la incongruencia omisiva, señalando que el Auto de Vista recurrido no habría valorado
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II.6. Del Auto de Vista 52/2017 de 11 de octubre de 2017
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La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante el Auto
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Con relación a la denuncia del defecto de la Sentencia, previsto en el art
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Con relación al estricto cumplimiento del Auto Supremo 570/2015-RRC, a su vez citado en el
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Del recurso de apelación restringida interpuesto por los acusadores
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Con relación a la valoración defectuosa de la prueba, vinculado con la inobservancia y errónea
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Respecto a las atestaciones de Fanny Amozabel y Wendy Marina Díaz, establece que el A
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Por lo que, entendiendo que la valoración de la prueba en el marco del sistema
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En el caso concreto, la recurrente denuncia los siguientes defectos y omisiones en que hubiera
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III
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Al respecto, la jurisprudencia, a través del Auto Supremo 085/2013-RRC de 28 de marzo, señaló
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Por otra parte, el Auto Supremo 726/2015-RRC-L de 12 de octubre, estableció
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Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
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Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el Tribunal
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Lo anterior significa, que sólo se estará ante una falta de fundamentación o motivación cuando
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Una de las modalidades de la arbitrariedad en las resoluciones consiste en la incongruencia, entendida
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Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
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Esta uniformidad en cuanto a la interpretación de la norma, por su trascendencia sustantiva como
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Esta obligación de observar la doctrina legal aplicable, se refuerza cuando es el propio Auto
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Al respecto, el Auto Supremo 037/2013-RRC, de 14 de febrero estableció
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Por otra parte, ante la advertencia de falta de fundamentación en la Sentencia, que no
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III.3. Análisis del caso concreto
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Con carácter previo a analizar los motivos admitidos del recurso de casación planteado, es preciso
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Con ese antecedente, este Alto Tribunal de Justicia emitió el Auto Supremo 267/2017-RRC de 17
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En su primer motivo, la recurrente nuevamente denuncia la falta de fundamentación y motivación del Auto
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Con relación al Auto Supremo 267/2017-RRC de 17 de abril, dictado dentro de la presente
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Sin embargo, contrariamente a lo establecido por el art
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Al no haber dado estricto cumplimiento a lo dispuesto por este Alto Tribunal de Justicia
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Con relación al segundo motivo, la recurrente previamente a citar como precedentes contradictorios los Autos
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El Auto Supremo 316/2009 de 19 de marzo, dictado dentro de un proceso penal seguido
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El Tribunal de Alzada no se encuentra facultado para valorar total o parcialmente la prueba;
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Que por lo señalado corresponde regularizar el procedimiento, disponiendo que el Tribunal de Alzada, dicte
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A su turno, el Auto Supremo 257/2011 de 6 de mayo, dictado dentro de una
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En ese sentido se tiene la amplia jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia entre
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“Doctrina Legal Aplicable
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En virtud al interdicto de adquirir la posesión declarado probado, la Jueza de instancia concluyó
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El A quo arribó a la conclusión de que los querellantes no han estado en
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En principio, corresponde precisar que la labor intelectiva de asignar un determinado valor a un
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Este entendimiento es recogido por el legislador ordinario en el art
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Respecto del tercer motivo, en el que la recurrente haciendo alusión a la prueba 27
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Se considera defecto absoluto, cuando el tenor de la resolución (Auto de Vista) es contradictorio,
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El juicio oral, público y contradictorio conforme dispone el artículo 1 del Código de Procedimiento
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En este motivo, el Auto de Vista impugnado mencionando la apelación restringida interpuesta por los
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Contrariamente a lo establecido en el Auto de Vista cuestionado, la Sentencia 010/2014 de 9
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Con relación a que el Auto de Vista impugnado de forma contradictoria pretendería vincular la
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Finalmente como cuarto motivo, la recurrente denuncia nuevamente incongruencia omisiva del Auto de Vista impugnado,
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El Auto Supremo 309/2012 de 29 de octubre, pronunciado dentro de un proceso penal por
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Se considera que existe incongruencia omisiva (citra petrita o ex silentio) cuando en el Auto
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A su vez el Auto Supremo 49/2012 de 16 de marzo, pronunciado dentro de un
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De acuerdo al entendimiento ratificado por el A
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Al no existir fundamentación en el Auto de Vista, cuando en el mismo se evidencia
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De lo expuesto, se evidencia la existencia de fallo dictado sin la observancia de las
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Al respecto, el Auto de Vista impugnado, en el acápite dedicado a la apelación restringida
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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A los efectos de lo previsto por el art
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En aplicación del art
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Regístrese, hágase saber y cúmplase
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Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
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