Auto Supremo AS/0877/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0877/2018

Fecha: 05-Sep-2018

Asimismo debe considerarse que la Inmobiliaria Kantutani S

Asimismo debe considerarse que la Inmobiliaria Kantutani S.A. adquirió el derecho de propiedad de un terreno con superficie de 2.636.50 m2 conforme describe la Escritura Pública Nº 169/2003 del 11 de febrero, cuya cláusula décima describe que la propiedad transferida se encuentra ubicada en el ex fundo Llojeta, Zona bajo Llojeta de la ciudad de La Paz, en cuyo formulario de transferencia al identificar el inmueble describe como jurisdicción de la propiedad a la Alcaldía de La Paz, posteriormente se genera la inclusión de nombres en sectores de lotes de terreno describiendo el sector los Ceibos con matrícula 2.01.0.99.0071988, concluyendo por lo analizado que el objeto de venta de los lotes de inhumación fueron adquiridos mediante la suscripción de los 84 contratos cuya ubicación describe frente al barrio Obrajes de la ciudad de La Paz, sin que exista precisión sobre su ubicación que no llegó a variar desde la compra hasta la asimilación de las pruebas en la litis