Auto Supremo AS/0003/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0003/2019-RRC

Fecha: 23-Ene-2019

Entendiéndose la imposición de la pena como el summum del ejercicio del ius puniendi, es


Entendiéndose la imposición de la pena como el summum del ejercicio del ius puniendi, es conveniente acudir a la gravísima importancia que tiene su motivación, pues el fallo judicial que establezca una pena, debe permitir conocer de manera concreta las razones por las que se impone determinada sanción, no pudiendo de modo alguno dejarse esta labor a la intuición o suposición de las partes, de modo que además del precepto legal utilizado, sea inteligible para las partes y especialmente para el condenado, cómo el caso concreto se ajusta a las previsiones establecidas por el legislador para la aplicación de la pena; al respecto, el Auto Supremo 038/2013-RRC de 18 de febrero estableció:

“La determinación judicial de la pena que comprende todo el procedimiento; es decir, la evaluación, decisión y justificación del tipo y la extensión de la pena, tiene líneas de orientación previstas legalmente, de manera que no puede considerarse una cuestión propia de la discrecionalidad del juez. La individualización de la pena está sometida al principio de proporcionalidad recogido por el Código Penal en sus diferentes artículos y a la finalidad de la pena establecida constitucionalmente como la educación, habilitación e inserción social de los condenados, con respeto a sus derechos