Auto Supremo AS/1038/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1038/2019-RA

Fecha: 22-Nov-2019

En cuanto al segundo motivo de casación, expresa que en apelación restringida denunció el defecto


En cuanto al segundo motivo de casación, expresa que en apelación restringida denunció el defecto de Sentencia previsto en el art. 370 inc. 4) del CPP, relativo a la incorporación de pruebas ilegales a juicio oral, donde se observó diversas pruebas documentales como la atestación de José Luis Tedeski; sin embargo, los Vocales al resolver su agravio no hubiesen cumplido con los arts. 124 y 398 del CPP, debido a que no se hubiese desarrollado cada uno de los puntos cuestionados, omitiendo pronunciarse positiva o negativamente, invocando como precedente contradictorio el A.S. 23/2015 RA de 13 de enero, advirtiéndose que el recurrente invoca en calidad de precedente un Auto de Admisión, que por cierto no puede ser contrastado al no contener doctrina legal aplicable, incumpliendo los requisitos de admisibilidad previstos en los arts. 416 y 417 del CPP; sin embargo, se evidencia que a tiempo de precisar la vulneración a su derecho al debido proceso, proporcionó los antecedentes generadores de su recurso, explicitando los fundamentos de su alzada y las respuestas otorgadas por el Tribunal de apelación; asimismo, detalló en qué consistieron las omisiones y deficiencias en que hubiere incurrido el señalado Tribunal –la supuesta ausencia de motivación al resolver el agravio previsto en el art. 370 inc. 4) del CPP.–; y, el resultado dañoso emergente del defecto: la confirmación de la Sentencia condenatoria que fuese contraria a la pretensión del recurrente. En consecuencia, se observa el cumplimiento de los presupuestos de flexibilización y por ende, resulta admisible este motivo