Auto Supremo AS/0569/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0569/2019-RRC

Fecha: 05-Ago-2019

Sobre el particular, resulta evidente que el Auto de Vista impugnado, en el acápite de


Sobre el particular, resulta evidente que el Auto de Vista impugnado, en el acápite de antecedentes, trascribió “mediante Sentencia 9/2017 de 30 de marzo, el Tribunal de Sentencia Primero de Yacuiba,” sin embargo dicha situación no puede denotar que los argumentos emitidos fuesen de otra Sentencia, menos aún podría conllevar a que se deje sin efecto la Resolución impugnada, debido a que el ámbito de aplicación del Auto de Vista 89/2018 de 12 de noviembre, está plenamente identificado en el considerando I, donde se extrajeron los agravios expuestos por el recurrente, delimitando su competencia, así en el considerando II se establecen los ámbitos de su normativa y su doctrina legal aplicable, para posteriormente plasmarlo en el considerando III en la aplicación del caso concreto, puntualizando las respuestas a los agravios formulados previstos en los incisos 4) y 6) del art. 370 del CPP, por lo que se advierte el soporte de su tesis para finalmente declarar la improcedencia de su recurso de apelación restringida, razones por las que el recurrente no puede alegar una falta de control de la Sentencia basándose en un simple error en la transcripción de los datos del número de la Sentencia, pues si se partiría de dicho razonamiento se estaría violando el principio de legalidad y de verdad material previsto en el art. 180 I de la CPE, debido a que lo formal no puede estar por encima de lo sustancial