Auto Supremo AS/0839/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0839/2019-RRC

Fecha: 17-Sep-2019

“La garantía del debido proceso, consagrada en el parágrafo II del artículo 115 y parágrafo


La jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo de Justicia respecto a la fundamentación de la pena ha señalado a través del Auto Supremo 340/2016 RRC de 21 de abril, lo siguiente: “El recurrente a tiempo de denunciar la existencia de incongruencia omisiva, invoca como precedente el Auto Supremo 86/2013 de 26 de marzo, que fue pronunciado en un proceso seguido por el delito de Aborto seguido de muerte, constatándose en casación que el Tribunal de alzada no cumplió con su obligación de pronunciarse puntualmente sobre un motivo de apelación, siendo emitido el fallo impugnado en inobservancia de las reglas del debido proceso y las garantías constitucionales, incurriendo en un defecto absoluto al tenor del artículo 169 inc. 3) del CPP; en cuyo mérito, se estableció la siguiente doctrina legal aplicable:

“La garantía del debido proceso, consagrada en el parágrafo II del artículo 115 y parágrafo I del artículo 180 de la Constitución Política del Estado, cuyo fin es garantizar que los procesos judiciales se desarrollen en apego a los valores de justicia e igualdad, se vulnera y, con ella la tutela judicial efectiva y la seguridad jurídica cuando se infringe el derecho a la debida fundamentación o motivación de las resoluciones judiciales que establece que toda resolución expedida por autoridad judicial o administrativa necesariamente tiene que encontrarse adecuadamente fundamentada y motivada