Auto Supremo AS/0854/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0854/2019-RRC

Fecha: 17-Sep-2019

Por lo que corresponde verificar si existe contradicción entre el precedente citado con lo resuelto


Por lo que corresponde verificar si existe contradicción entre el precedente citado con lo resuelto por el Tribunal de alzada, que a los efectos de contrastar los fundamentos contenidos en el Auto de Vista impugnado, corresponde analizar los siguientes aspectos:

El Tribunal de apelación con relación al agravio previsto en el art. 370 inc. 1) del CPP, respondiendo a los recursos de las víctimas como del Ministerio Público, en la que acusaron la inobservancia de la ley sustantiva, en alzada se sostuvo que en el punto III.1.1. del A.S. 426/2018 RRC de 13 de junio, a efectos del encuadramiento del tipo penal de Asesinato, se debe verificar una de las siete circunstancias plasmados en su articulado, reuniendo condiciones relativos a dicho delito, por lo que en el punto 1.2. (fs. 3563) de la resolución impugnada, se remitió a la Sentencia 10/2013 de 11 de diciembre, al acápite V de la fundamentación jurídica, relativo a que en la conducta del acusado existió la alevosía y el ensañamiento, identificando en forma clara dichos elementos constitutivos del tipo penal de Asesinato, de donde asumió convicción que el Tribunal inferior de forma errada realizó la labor intelectiva de la subsunción al haberse aplicado Sentencia por el delito de Homicidio, cuando existieron estos otros elementos típicos previsto en el inciso 3) del art. 252 del CP, por lo que determina en el punto 1.4 del Auto de Vista impugnado, que corresponde reparar el defecto con la facultad prevista en el art. 413 del CPP, amparado en las diferentes lineras jurisprudenciales