Auto Supremo AS/0503/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0503/2021

Fecha: 10-Jun-2021

4.

4. Sobre los puntos 4.d) y 4.e), serian afirmaciones aberrantes, dado que además de no expresar el agravio sufrido, omite tomar en cuenta que el Auto de Vista N° 111/2020, erróneamente dispuso revocar totalmente la Sentencia N° 16/2020; empero, conforme determino el Auto Supremo N° 707/2020, las autoridades de segunda instancia ingresaron a analizar la ganancialidad de los bienes.

Concluyó, que el Auto de Vista se circunscribió a los puntos resueltos por el inferior que fueron objeto de la apelación, efectuando un análisis exhaustivo de cada agravio efectuado por la parte demandante, así como el análisis exhaustivo de las pruebas adjuntas. Asimismo, los agravios referidos no serían agravios conforme a la normativa inserta en el CFPF, dado que serían una comparación entre el Auto de Vista N° 111/2020 y el Auto de Vista N° 65/2021, que omitiría tomar en cuenta los parágrafos III.3 y III.4 del Auto de Vista N° 65/2021, donde se subsanan las observaciones efectuadas a la juzgadora de primera instancia.