i. Sobre los vínculos conyugales
El vínculo matrimonial de los esposos Cahuana-Mamani, inició según el certificado de Matrimonio el 20 de mayo de 1960 (fs. 8) y concluyó el 16 de diciembre de 1982 según la Sentencia de divorcio de 16 de diciembre de 1982 (fs. 72-73), fallo confirmado por el Auto de Vista de 07 de abril de 1983 (fs. 74). De los fundamentos de estos fallos se extrae lo siguiente:
- VISTOS:
- 1.
- a)
- b)
- c)
- d)
- 3.
- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU CONTESTACIÓN
- 2.
- Contestación al recurso de casación
- 4.
- III. 1 De la comunidad de bienes gananciales
- corregir aquellas omisiones en que hubiese incurrido el juez de primera instancia, emitiendo un criterio de fondo sobre las mismas
- 2. Sobre el Auto de Vista Nº 111/2020 de 28 de septiembre
- revise y revoque (case) o anule las resoluciones expedidas por las Sala departamentales como órganos de segundo grado
- el Auto de Vista anulado carece de eficacia jurídica
- i. Sobre los vínculos conyugales
- De la Sentencia de Divorcio
- Del Auto de Vista
- (i)
- Sobre las declaraciones testificales
- a título gratuito
- donación
- con una serie de engaños y entre ellos, el de vivir en forma continua y dedicarse a la educación de nuestros hijos, logró nuevamente vivir con mi persona por muy poco tiempo
- e)
- POR TANTO
