donación
Por otra parte, y de forma accesoria a lo señalado, el núm. 2º del art. 103 del abrogado Código de Familia, disponía que son bienes propios de los esposos por modo directo: “2º Los que le vienen a cualquiera de ellos durante el matrimonio, por herencia, legado o donación.” La doctrina por su parte, establece que son bienes propios de los cónyuges de formas directa, los que cada uno tiene antes de la constitución del matrimonio o la unión libre; es decir, bienes de los cuales los cónyuges tienen el derecho de propiedad u otro derecho real al tiempo de iniciación de la comunidad. De igual manera, los que reciben cualquiera de ellos, durante el matrimonio o unión libre, por efecto de herencia, legado o donación, aunque sea conjuntamente por ambos. El criterio que determina la atribución se encuentra en la forma en que se produce la adquisición, que en el caso de las donaciones es a título gratuito. En el caso de autos, la transferencia realizada por ASCLASGUARNAL del inmueble con Matricula N° 4.01.3.03.0002341 designado como Lote A-12, en favor de Ignacio Cahuana Ventura, fue realizado a título gratuito a través del instituto de la donación, lo que constituiría al inmueble en un bien propio del esposo.
- VISTOS:
- 1.
- a)
- b)
- c)
- d)
- 3.
- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU CONTESTACIÓN
- 2.
- Contestación al recurso de casación
- 4.
- III. 1 De la comunidad de bienes gananciales
- corregir aquellas omisiones en que hubiese incurrido el juez de primera instancia, emitiendo un criterio de fondo sobre las mismas
- 2. Sobre el Auto de Vista Nº 111/2020 de 28 de septiembre
- revise y revoque (case) o anule las resoluciones expedidas por las Sala departamentales como órganos de segundo grado
- el Auto de Vista anulado carece de eficacia jurídica
- i. Sobre los vínculos conyugales
- De la Sentencia de Divorcio
- Del Auto de Vista
- (i)
- Sobre las declaraciones testificales
- a título gratuito
- donación
- con una serie de engaños y entre ellos, el de vivir en forma continua y dedicarse a la educación de nuestros hijos, logró nuevamente vivir con mi persona por muy poco tiempo
- e)
- POR TANTO
