2.3. Respuesta de la gobernación del Vichada -Secretaría de Salud-[22]
25. Solicitó la desvinculación de la entidad territorial, porque consideró que es deber de la EPS Mallamás garantizar el acceso a la salud de las comunidades indígenas del departamento, sin dilaciones injustificadas. Además, alegó que ha realizado actuaciones en cumplimiento de la responsabilidad de inspección, vigilancia y control. Sostuvo que los resultados obtenidos en dichas actuaciones fueron puestos en conocimiento de la Superintendencia Nacional de Salud, el 27 de enero de 2023, y de la Procuraduría Regional del Vichada, el 28 de abril de 2023.
26. Por otro lado, afirmó que la gobernación formuló el plan de seguridad alimentaria y nutricional del departamento para la vigencia 2023-2029, con el objetivo de garantizar el derecho humano a la alimentación adecuada, la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional en la población del departamento. También señaló la realización de acciones en el marco de la ejecución del plan de intervenciones colectivas, entre las que se encuentran: (i) una estrategia de educación y comunicación a líderes comunitarios para la promoción de lactancia materna, alimentación complementaria y signos de desnutrición aguda moderada y severa; y (ii) una estrategia de educación en salud en el entorno hogar sobre signos y síntomas de la desnutrición aguda moderada y severa, promoción de alimentación saludable, dirigida a familias con niños y niñas menores de cinco años.
- Encabezado
- Sentencia
- I. ANTECEDENTES. 6
- II. CONSIDERACIONES. 36
- III. CASO CONCRETO.. 65
- I. ANTECEDENTES
- 1. Hechos y pretensiones[4]
- 2. Trámite de la acción de tutela
- 2.1. Respuesta del ICBF Regional Vichada[18]
- 2.2. Respuesta del DNP[21]
- 2.3. Respuesta de la gobernación del Vichada -Secretaría de Salud-[22]
- 2.4. Respuesta de la alcaldía municipal de Cumaribo[23]
- 2.5. Respuesta de Nueva EPS[26]
- 2.6. Respuesta del Ministerio del Interior[27]
- 2.7. Respuesta de la Superintendencia Nacional de Salud[28]
- 2.8. Respuesta de Mallamás EPS-I[29]
- 2.9. Respuesta del Ministerio de Salud y Protección Social[30]
- 2.10. Respuesta de la ESE Hospital San Juan de Dios de Cumaribo[31]
- 3.1. Sentencia de primera instancia
- 3.2. Impugnación
- 3.3. Sentencia de segunda instancia
- 4. Actuaciones en sede de revisión
- 1. Competencia
- 2. Procedencia de la acción de tutela
- 3. Planteamiento del problema jurídico y metodología de decisión
- 4. El derecho a la alimentación en las comunidades indígenas
- 6. La garantía del derecho al agua potable de comunidades étnicas
- 7. La garantía del derecho a la salud en comunidades indígenas
- 9. El derecho fundamental a la personalidad jurídica. Reiteración de jurisprudencia[194]
- 10. Contexto general de los pueblos indígenas del departamento del Vichada
- III. CASO CONCRETO
- 1. Reglas jurisprudenciales aplicables al caso concreto
- 2. Resolución del caso concreto
- 3. Sobre los remedios constitucionales a adoptar
- 3.1. Creación de un espacio de participación y diálogo que incorpore un enfoque étnico y de género
- 3.2. Articulación institucional y responsabilidades de las entidades públicas concernidas
- 4. Órdenes a proferir
- IV. DECISIÓN
- RESUELVE
