Sentencia
En el trámite de revisión del fallo de primera instancia, dictado el 23 de agosto de 2023 por el Juzgado Promiscuo de Familia de Puerto Carreño que declaró improcedente la acción de tutela. Así como de la sentencia de segunda instancia, proferida el 29 de septiembre de 2023 por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Villavicencio, que confirmó la decisión de primera instancia.
SÍNTESIS DE LA DECISIÓN
Contenido
- Encabezado
- Sentencia
- I. ANTECEDENTES. 6
- II. CONSIDERACIONES. 36
- III. CASO CONCRETO.. 65
- I. ANTECEDENTES
- 1. Hechos y pretensiones[4]
- 2. Trámite de la acción de tutela
- 2.1. Respuesta del ICBF Regional Vichada[18]
- 2.2. Respuesta del DNP[21]
- 2.3. Respuesta de la gobernación del Vichada -Secretaría de Salud-[22]
- 2.4. Respuesta de la alcaldía municipal de Cumaribo[23]
- 2.5. Respuesta de Nueva EPS[26]
- 2.6. Respuesta del Ministerio del Interior[27]
- 2.7. Respuesta de la Superintendencia Nacional de Salud[28]
- 2.8. Respuesta de Mallamás EPS-I[29]
- 2.9. Respuesta del Ministerio de Salud y Protección Social[30]
- 2.10. Respuesta de la ESE Hospital San Juan de Dios de Cumaribo[31]
- 3.1. Sentencia de primera instancia
- 3.2. Impugnación
- 3.3. Sentencia de segunda instancia
- 4. Actuaciones en sede de revisión
- 1. Competencia
- 2. Procedencia de la acción de tutela
- 3. Planteamiento del problema jurídico y metodología de decisión
- 4. El derecho a la alimentación en las comunidades indígenas
- 6. La garantía del derecho al agua potable de comunidades étnicas
- 7. La garantía del derecho a la salud en comunidades indígenas
- 9. El derecho fundamental a la personalidad jurídica. Reiteración de jurisprudencia[194]
- 10. Contexto general de los pueblos indígenas del departamento del Vichada
- III. CASO CONCRETO
- 1. Reglas jurisprudenciales aplicables al caso concreto
- 2. Resolución del caso concreto
- 3. Sobre los remedios constitucionales a adoptar
- 3.1. Creación de un espacio de participación y diálogo que incorpore un enfoque étnico y de género
- 3.2. Articulación institucional y responsabilidades de las entidades públicas concernidas
- 4. Órdenes a proferir
- IV. DECISIÓN
- RESUELVE
