DEMANDA LABORAL. EL DEMANDADO NO ESTÁ OBLIGADO A CONTESTARLA, SI PREVIAMENTE EL ACTOR NO LA RATIFICA O SI LA AUTORIDAD RESPONSABLE NO LA TIENE POR RATIFICADA DE OFICIO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

DEMANDA LABORAL. EL DEMANDADO NO ESTÁ OBLIGADO A CONTESTARLA, SI PREVIAMENTE EL ACTOR NO LA RATIFICA O SI LA AUTORIDAD RESPONSABLE NO LA TIENE POR RATIFICADA DE OFICIO.

Fecha: 09-Mar-2018

En Similares Términos Se Resolvió El Dt Promovido Por

"En tales condiciones, lo procedente es conceder la protección federal solicitada para el efecto de que la responsable deje insubsistente el laudo impugnado y reponga el procedimiento hasta la audiencia de ley celebrada el diez de enero de dos mil cinco, donde tomando en cuenta lo vertido en la presente, lleve a cabo correctamente la fase de demanda y excepciones, dando oportunidad al demandado de dar respuesta a la instaurada en su contra y continúe con la secuela procesal según corresponda."

Finalmente en el amparo directo DT. **********/2014, fallado en sesión de treinta de abril de dos mil quince, se resolvió lo siguiente: