DEMANDA LABORAL. EL DEMANDADO NO ESTÁ OBLIGADO A CONTESTARLA, SI PREVIAMENTE EL ACTOR NO LA RATIFICA O SI LA AUTORIDAD RESPONSABLE NO LA TIENE POR RATIFICADA DE OFICIO.
Fecha: 09-Mar-2018
Inmediatamente En Uso De La Palabra La Parte Demandada Dijo
"‘En uso de la palabra la parte demandada dijo: Que solicito de esta H. Junta se dejé, (sic) se tengan por improcedentes e inoperantes las manifestaciones vertidas por la apoderada de la parte actora, tomando en consideración que la personalidad con la que el suscrito acredita la misma se encuentra en los términos establecidos del artículo 692 de la ley federal de la materia, lo anterior a efecto de que esta H. Junta determine sobre la procedencia de la personalidad del suscrito misma que fue conferida por los demandados en términos de ley y se pase a la etapa procesal correspondiente, es todo.’
"Acto seguido consta que se le dio el uso de la palabra a la parte actora pero esta se abstuvo de hacer manifestaciones, por lo que la Junta acordó lo siguiente:
"‘La Junta acuerda: Por celebra la etapa de demanda y excepciones, en los términos vertidos en el cuerpo de la presente actuación. Con fundamento en el artículo 692 de la Ley Federal del Trabajo, se reconoce la personalidad de la C. ********** y demás profesionistas que se indican, en su carácter de apoderado legal de la parte actora, en términos de la carta poder visible a fojas cuatro de autos. Asimismo, se reconoce la personalidad del lic. ********** y demás profesionistas que se indican, en su carácter de apoderados legales de la parte demandada en términos de las castas (sic) poder visibles a fojas 13 y 14 de autos, agregándose a los autos la carta poder exhibida, para los efectos legales a que haya lugar, por lo que respecta a la solicitud de la parte actora en cuanto al estudio oficioso de la personalidad del compareciente por la parte demandada, la misma se ha realizado por esta autoridad y se reconoce en virtud de que las cartas poder reúnen los requisitos establecidos en el artículo 692 de la Ley Federal del Trabajo y la jurisprudencia, al contener los nombres y firmas del otorgante y testigos, aplicando al caso concreto la tesis de jurisprudencia emitida por la Segunda Sala, 2a./J. 19/98, página 472, Semanario judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VII, mayo 1998, cuyo rubro es: «PERSONALIDAD EN EL JUICIO LABORAL. SI SE ACREDITA MEDIANTE CARTA PODER DEBEN HACERSE CONSTAR LOS NOMBRES DE LOS TESTIGOS ANTE QUIENES SE OTORGA.-A la parte actora, se le tiene por reproducido su escrito inicial de demanda, toda vez que no obstante la comparecencia de la misma a la presente actuación fue omisa en ratificarla. A la parte demandada, en virtud de que no dio contestación a la demanda, no obstante su comparecencia se le tiene por admitidos los hechos, por lo cual no podrá admitirse prueba en contrario. Lo anterior con fundamento en los artículos 878, fracción IV y 879 de la Ley Federal del Trabajo. Consecuentemente se declara agotada la etapa de demanda y excepciones y con fundamento en el artículo 880 de la Ley Federal del Trabajo, se turnan los autos a la etapa de ofrecimiento y admisión de pruebas.».-Notifíquese y continúese con la audiencia.-Doy fe.’
- Resultando
- Considerando
- Clave O Número De Identificación Pciil J L A
- Pleno En Materia De Trabajo Del Segundo Circuito
- Tesis Yo Criterios Contendientes
- Contradicción De Tesis
- Secretario Raúl Díaz Infante Vallejo
- Ahora Bien El Artículo De La Ley Federal Del Trabajo Establece
- Demanda No Puede Ampliarse Ni Modificarse Con Posterioridad A Su Contestación Se Cita Texto
- Para Mayor Entendimiento De Las Constancias Que Obran En Autos Se Advierte Lo Siguiente
- Inmediatamente En Uso De La Palabra La Parte Demandada Dijo
- El Artículo De La Ley Federal Del Trabajo Dispone Lo Siguiente
- En Similares Términos Se Resolvió El Dt Promovido Por
- Por Otro Lado Los Quejosos Aducen
- Son Esencialmente Fundadas Sus Alegaciones En Atención A La A La Causa De Pedir
- En Uso De La Palabra La Parte Actora Dijo
- La Parte Demandada En Uso De La Palabra Manifestó
- En Uso De La Palabra La Parte Actora Dijo Que
- La Parte Demandada En Uso De La Palabra Dijo Que
- La Junta Del Conocimiento Realizó La Siguiente Certificación
- La Junta Acordó
- En El Uso De La Palabra La Parte Actora En El Incidente Dijo Que
- En El Uso De La Palabra La Parte Demandada En El Incidente Dijo Que
- Destacado Lo Anterior Si En La Especie De Los Antecedentes Relatados Se Aprecia Que
- A Deje Insubsistente El Laudo Reclamado
- Cuartoanálisis De La Existencia De Contradicción De Criterios
- A El Citado Tribunal Mencionó Como Antecedentes Del Acto Reclamado Entre Otros Los Siguientes
- Artículo La Etapa De Demanda Y Excepciones Se Desarrollará Conforme A Las Normas Siguientes
- Reformada Dof De Noviembre De
- Criterios Contendientes
- Magistrado Presidente Del Pleno En Materia De Trabajo Del Segundo Circuito
- Por Lo Expuesto Se Resuelve
- Iv Las Consideraciones Y Fundamentos Legales En Que Se Apoye Para Conceder Negar O Sobreseer