AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2903/2011. 5 DE SEPTIEMBRE DE 2012. CINCO VOTOS. JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ RESERVÓ SU DERECHO PARA FORMULAR VOTO CONCURRENTE. PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. SECRETARIA: MERCEDES VERÓNICA SÁNCHEZ MIGUEZ.
Fecha: 05-Sep-2012
Primer Agravio
• La recurrente asevera que la sentencia emitida por el Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, dentro del juicio de amparo directo ********** fue omisa en realizar el estudio relacionado con la interpretación del artículo 16 «constitucional», en su párrafo duodécimo, vinculado a la grabación telefónica ofrecida como prueba en la litis inicial, dejando de lado el principio de congruencia que hace a la garantía del debido proceso.
• Que planteó el estudio de constitucionalidad sobre la admisión y valoración de la prueba consistente en una grabación telefónica, al considerar que lo determinado por la Sala es contrario a lo dispuesto en el artículo 16 constitucional, de manera tal que con ello el Tribunal Colegiado entrara al fondo de la constitucionalidad planteada y resolviera que la prueba de referencia no infringía en ningún modo lo que dispone el precepto constitucional mencionado; ello en la inteligencia de que en ningún momento se interviene alguna comunicación por algún tercero; no obstante el Tribunal Colegiado fue omiso en pronunciarse sobre el tema de constitucionalidad planteado porque a su decir, la violación procesal planteada no trasciende al resultado de la sentencia reclamada, lo cual estima incorrecto, pues a criterio de la recurrente, ello equivale a sostener que independientemente de que se hubiese declarado parcial el dictamen pericial rendido por el perito tercero en discordia, ello en ningún modo alteraría el resultado del fallo del Juez natural, así como de la Sala responsable, pues en todo caso el resultado del fallo no recaería en el hecho que sustenta el dictamen del perito tercero en discordia, sino en el material probatorio aportado por la quejosa para acreditar la negligente operación.
• Este argumento, a criterio de la recurrente, convierte al tribunal en homicida constitucional, pues para eximir a los demandados de las prestaciones reclamadas, la sentencia se sustenta en el dictamen emitido por el perito tercero en discordia, ya que lo considera el único dictamen suficiente para poder vislumbrar o negar la existencia de una negligente operación, de manera que al omitirse el estudio de constitucionalidad, se convalida dicha sentencia.
• Que si bien el Tribunal Colegiado fue omiso en resolver la constitucionalidad planteada al sostener que la violación procesal que se relaciona con el tema no trasciende al resultado del fallo, dicho sustento es incorrecto pues la violación procesal sí trascendería al resultado del fallo, pues al no tener valor jurídico el dictamen del perito tercero en discordia, el sustento de la sentencia inicial y de las subsecuentes dejaría de existir.
- Considerando
- Demanda Inicial
- Contestación
- Periodo Probatorio
- Incidente De Parcialidad De Dictamen Pericial
- Lo Anterior En Razón De Lo Siguiente
- La Testimonial A Cargo De
- El Reconocimiento Y Ratificación En Caso De Que Desconociera Su Voz
- La Instrumental De Actuaciones
- Para Motivar Su Fallo Estableció Lo Siguiente
- Denuncia Penal
- Prueba Superveniente
- Sentencia Definitiva
- Recurso De Apelación
- Entre Las Consideraciones Sustentadas En Esa Sentencia Destaca La Siguiente
- Ley General De Salud
- Conceptos De Violación En El Amparo Directo Civil Se Transcribe
- Primer Agravio
- Segundo Agravio
- Respuesta Al Primero De Los Agravios
- Lo Anterior Es Así En Razón De Lo Siguiente
- Cuando El Fallo Contiene Determinaciones Contradictorias Entre Sí Y
- Lo Anterior Analizado En Su Causa De Pedir Se Estima Fundado En Razón De Lo Siguiente
- Con Relación Al Segundo De Los Agravios
- Para Realizar Este Estudio Conviene Recordar Y Tener Presente Lo Siguiente
- Esta Afirmación Básicamente Se Sustenta En Lo Siguiente
- En Lo Que Al Tema Interesa Dicho Precepto Dispone Lo Siguiente
- Reforma Al Artículo Constitucional
- Lo Anterior Encuentra Apoyo En El Siguiente Criterio
- Primero En La Materia De La Revisión Se Revoca La Sentencia Recurrida
- La Conversación Telefónica Grabada Según Lo Referido Por La Actora Es Del Siguiente Tenor
- Ibíd Fojas Vuelta A Vuelta
- Entre Los Requisitos Y Condiciones Que Exige Dicho Numeral Se Encuentran Las Siguientes
- La Solicitud Debe Estar Fundada Y Motivada
- Ley De Vías Generales De Comunicación
- Código Penal Federal
- Ley Federal Contra La Delincuencia Organizada
- El Texto Y Precedente De La Tesis Aislada Invocada Son Los Siguientes
- Véase Por Todas V Us