AMPARO DIRECTO 645/2012. 15 DE NOVIEMBRE DE 2012. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JOSÉ MANUEL DE ALBA DE ALBA. SECRETARIA: RUBÍ AGUILAR LASSERRE.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 645/2012. 15 DE NOVIEMBRE DE 2012. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JOSÉ MANUEL DE ALBA DE ALBA. SECRETARIA: RUBÍ AGUILAR LASSERRE.

Fecha: 15-Nov-2012

El Concepto De Violación Precisado En El Inciso H Es Inoperante

La calificativa señalada resulta así, porque el quejoso no atacó los razonamientos en que se apoya la sentencia impugnada.

En efecto, la impetrante dejó de controvertir los argumentos de la responsable, pues omitió manifestar por qué consideró que dicha autoridad realizó un estudio indebido de lo relativo a su imposibilidad para cumplir con la prestación demandada, debido a la existencia de otro grupo que presta el servicio de pilotaje.

Por eso, con independencia de lo legal o no de las consideraciones vertidas por la autoridad responsable, puede mencionarse que los señalamientos de la quejosa resultan ser meras afirmaciones carentes de sustento o fundamento jurídico. De ahí la inoperancia de los motivos de agravio.