AMPARO DIRECTO 645/2012. 15 DE NOVIEMBRE DE 2012. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JOSÉ MANUEL DE ALBA DE ALBA. SECRETARIA: RUBÍ AGUILAR LASSERRE.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 645/2012. 15 DE NOVIEMBRE DE 2012. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JOSÉ MANUEL DE ALBA DE ALBA. SECRETARIA: RUBÍ AGUILAR LASSERRE.

Fecha: 15-Nov-2012

Por Su Parte El Numeral De La Carta Magna Establece Se Transcribe

"Estos preceptos han sido interpretados por el Poder Judicial de la Federación en el sentido de que todo acto de autoridad debe estar fundado y motivado, entendiéndose por lo primero que el documento que lo contenga debe ser preciso en cuanto a los preceptos aplicables al caso y, por lo segundo, que necesariamente deben señalarse las razones particulares o causas inmediatas que se tuvieron en consideración para emitir el acto, requiriéndose además que exista adecuación entre los motivos aducidos y las normas aplicables al caso de que se trate.

"La fundamentación se refiere a la cita obligada de los preceptos en que se basa la autoridad para emitir sus actos.

"La motivación consiste en el razonamiento contenido en el texto mismo del acto autoritario de molestia, y dichas razones serán válidas si permiten concluir que el acto concreto se ajusta exactamente a las prevenciones de determinados preceptos legales, o sea, motivar no es simplemente expresar la consideraciones del particular punto de vista de la autoridad, sino que dichas consideraciones o circunstancias se adecuen exactamente al caso concreto previsto en una hipótesis legal.

"En tal sentido, para que un acto esté debidamente fundado y motivado, es menester que cumpla con lo siguiente:

"a) La existencia y cita de un precepto legal que atribuya a la autoridad la facultad para actuar en determinado sentido.

"b) Que la autoridad se ajuste exactamente a la norma legal, en la cual encuentra fundamento su actuación.

"c) La existencia constatada de los antecedentes fácticos o circunstancias de hecho que sí permitan colegir con claridad, que sí procedía aplicar la norma correspondiente y, consecuentemente, que justifique con plenitud el que la autoridad haya actuado en determinado sentido y no en otro.